marca personal

Marca personal: protégela legalmente

La noción de marca personal, en términos bien sencillos, alude a la consideración y tratamiento de un individuo (o más bien su imagen y proyección) como marca, tal y como ocurre en el mundo comercial.

Para ampliar nociones generales sobre el tema de marca personal, recomiendo leer el desarrollo del concepto publicado en Wikipedia, o recorrer esta misma web buscando la etiqueta «marca personal» (clic aquí). Pero como lo que nos ocupa en este post es el tema legal, veamos qué es, cómo y para qué proteger nuestra marca.

¿Qué es una marca según la ley venezolana?

Fundamentalmente, en Venezuela el tema de la marca se encuentra regulado por la Ley de Propiedad Industrial que data de 1956, la cual dispone lo siguiente:

«…bajo la denominación de marca comercial se comprende todo signo, figura, dibujo, palabra o combinación de palabras, leyenda y cualquiera otra señal que revista novedad, usados por una persona natural o jurídica para distinguir los artículos que produce, aquellos con los cuales comercia o su propia empresa.«.

Un concepto bastante amplio, pero con limitaciones. Veamos.

¿Qué NO puede registrarse como marca según la ley venezolana?

Para nuestra ley, lo importante de la marca a los fines de admitir su registro es que revista novedad, pero no todo es susceptible de registro. Como el universo de posibilidades es grande, la ley se limita a establecer aquello que NO puede ser registrado. Aquí dejo un listado simplificado de las prohibiciones básicas:

  1. Las palabras, frases, figuras o signos inmorales, prohibidos o ilícitos.
  2. La Bandera, Escudo de Armas u otra insignia de la República, de los Estados o Municipios.
  3. Los signos de la Cruz Roja.
  4. La Bandera, Escudo de Armas u otras insignias de naciones extranjeras.
  5. Los nombres geográficos.
  6. La forma y color que se dé a los artículos o productos.
  7. Las figuras geométricas que no revisten novedad.
  8. Las caricaturas, retratos, dibujos o expresiones que tiendan a ridiculizar.
  9. Los términos que hayan pasado al uso general y expresiones comúnmente empleadas.
  10. El nombre de una persona natural, si no se presenta en una forma peculiar y distinta.
  11. La marca que se parezca gráfica y fonéticamente a otra ya registrada.
  12. La que pueda prestarse a confusión con otra marca ya registrada o que pueda inducir a error.
  13. Las denominaciones comerciales meramente descriptivas.
  14. Los lemas comerciales que contengan alusiones a productos o marcas similares.

En principio, lo que no encuadre en una prohibición de ley, puede ser registrado como marca; aunque el órgano encargado de ello, el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), es quien lleva la batuta en la materia (puedes visitar su web haciendo clic aquí).

¿Aplica el concepto legal de marca a la «marca personal«?

¡Sin lugar a dudas!

Como vimos, la ley venezolana admite que una persona natural pueda ser titular de macas comerciales (asunto de definición, no porque sean necesariamente aplicadas a actividad comercial). En ese sentido, puede cualquier persona que así lo desee, proceder a registrar todo signo, figura, dibujo, palabra o combinación de palabras que lo identifique, o que identifique su actividad; es decir: lo que considere que constituye su marca personal.

¿Cuál es la importancia de registrar mi marca?

Protección legal.

Hay que ser honesto: para usar una o varias marcas no es requisito registrarla ante el SAPI. Pero hacerlo, otorga al titular el derecho exclusivo de usarlas, de explotarlas comercialmente. Y eso incluye la posibilidad de ejercer acciones legales contra terceras personas que hagan uso indebido de la marca.

Tener una marca registrada es tener un activo que puede llegar a valer mucho. Y debes saber que la ley presume titular de una marca a aquélla persona que haya procedido a su registro.

Que nefasto sería que después de trabajar y hacer crecer una marca durante años, la registre otra persona a su nombre… y peor aún si esa otra persona es tu competencia… No digo que sea del todo imposible recuperarla, pero el camino sería más que escabroso. ¿Para qué correr riesgos?

¿Entonces cómo protejo mi marca personal?

  1. Primero, y eso ya en el ámbito del mercadeo (marketing), hay que identificar esos signos, figuras, dibujos, palabras o combinación de palabras que usas o quieres usar para identificarte (recuerda las prohibiciones de ley que mencioné).
  2. Cuando ya estés decidido, viene el tema legal: iniciar el proceso ante el SAPI. Te adelanto que no es rápido, toma su tiempo, pero no es un trámite complejo. Y cuando lo culmines, tendrás una marca protegida (registrada) por quince (15) años renovables, así que pendiente para que al cabo de dicho tiempo no la dejes perder.

Ahora que ya conoces de este tema, te pregunto:

De tener o considerar tener tu #MarcaPersonal ¿la protegerías legalmente?

Suerte en tu emprendimiento y/o negocio.

Si quieres ver mis otros post aquí en Blogueros de Venezuela, puedes hacer clic aquí. También puedes visitar mi web celisdigital.com o seguirme en Instagram como celisdigital. Contáctame si requieres ayuda sobre el tema tratado en este post u otros relacionados con la aplicación de las leyes en el mundo tecnológico.

Quiero saber tu opinión, déjamela más abajo en los comentarios.
Hasta el próximo post.

Nota importante: recuerda que las leyes y las circunstancias de su aplicación pueden cambiar, y deben ser analizadas en cada caso en forma particular. No tomes este post como asesoría, sino como guía u orientación. celisdigital

Sobre el autor

4 comentarios en “Marca personal: protégela legalmente”

  1. Esta muy interesante tu post! y creo que para hacerlo mas completo un enlace al SAPI donde das la información de como proteger tu marca personal seria perfecto.

    Muy bueno ese tema porque mucha gente piensa que con hacer el registro (de comercio) de una empresa o «marca» ya esta protegida de todo!

    1. Muchas gracias Angela. Te tomo la palabra con lo del enlace ala web del SAPI (www.sapi.gob.ve). Hoy mismo editaré el post para agregarlo.
      Y ciertamente hay una gran diferencia entre el registro comercial (empresas o firmas personales) o civil (asociaciones, etc.) y el registro marcario. Son cosas totalmente distintras y con fines distintos… Sería un tema interesante para un post…

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